
Preguntas
Aquí encontrarás respuestas a las preguntas más frecuentes sobre nuestras autopistas y trámites online.
Sí, para el tránsito de determinados tramos de las autopistas AP-1 y AP-68.
Los tramos en cuestión son:
AP-1: Hay dos tramos diferenciados:
Los tramos en cuestión son:
AP-1: Hay dos tramos diferenciados:
- Tramo 1: Entre Etxabarri-Ibiña y Eskoriatza
- Tramo 2: Entre Eskoriatza y Maltzaga.
AP-68: Los pasos de peaje comprendidos entre Bilbao y Zambrana.
Sí. Se puede solicitar solamente una o ambas, indicándolo en las casillas que aparecen en el impreso de solicitud.
Las personas físicas que cumplan con los siguientes requisitos:
- Tener la residencia habitual en el Territorio Histórico de Álava
- Disponer de la titularidad de un dispositivo telemático de telepeaje y abonar a través de él los
trayectos comprendidos en la subvención. - Encontrarse al corriente de las obligaciones tributarias con la Hacienda Foral de Álava.
- Utilizar los vehículos adscritos en la solicitud de la subvención. Los vehículos deben ser de uso
particular, no afecto a actividad profesional, empresarial o económica. - Que no se encuentre incursas en ninguna de las circunstancias que establece el artículo 12 de la
Norma Foral de Subvenciones, cuya acreditación se realizará mediante declaración responsable
contenida en la solicitud. - No haber sido sancionado o sancionada, administrativa o penalmente por incurrir en discriminación por razón de sexo, según lo previsto en La Ley 4/2005 de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres.
Se Puede tramitar online en este enlace.
Además, también se puede entregar la solicitud, junto a la documentación requerida o enviarla por email a subvenciones@arabat.org
Además, también se puede entregar la solicitud, junto a la documentación requerida o enviarla por email a subvenciones@arabat.org
- Fotocopia del DNI.
- Certificado de empadronamiento en algún municipio de Álava.
- Certificado de estar al corriente en las obligaciones tributarias en la Hacienda Foral Alavesa.
- Documento acreditativo, expedido por la entidad financiera de titularidad de la cuenta bancaria de la persona solicitante donde se vincularán los peajes telemáticos y de la disponibilidad y titularidad del dispositivo de telepeaje y la numeración completa.
- Fotocopia del permiso de circulación del vehículo (no el permiso de conducción).
La documentación puede presentarse bien de forma presencial o bien telemáticamente.
1. Presencialmente en nuestras oficinas cuya dirección es:
1. Presencialmente en nuestras oficinas cuya dirección es:
ARABAKO BIDEAK – VÍAS DE ÁLAVA S.A. (ARABAT)
VIAS DE ÁLAVA S.A. (ARABAT)
C/ Vicente Goikoetxea nº1 – 1º Oficina 4
01008 Vitoria – Gasteiz
Horario de atención: 8:30 – 13:30
2. Telemáticamente: A través del correo electrónico subvenciones@arabat.org
VIAS DE ÁLAVA S.A. (ARABAT)
C/ Vicente Goikoetxea nº1 – 1º Oficina 4
01008 Vitoria – Gasteiz
Horario de atención: 8:30 – 13:30
2. Telemáticamente: A través del correo electrónico subvenciones@arabat.org
En la Hacienda Foral de Álava o a través de su sede electrónica.
Es necesario que primero se dé de alta como contribuyente en la Hacienda Foral de Álava y seguidamente solicite o tramite el Certificado de estar al corriente de las obligaciones tributarias.
Un máximo de dos vehículos.
Sí, siempre que no esté afecto a actividad profesional, empresarial o económica.
Sí, pero para ello deberá adjuntar el justificante de pago de las cuotas del leasing/renting, a efectos de poder acreditar la titularidad del mismo. Las cuotas de pago deben abonarse por una persona física.
En cualquier entidad bancaria así como en empresas especializadas que ofrecen este servicio, tales como Bip&Drive o Pagatelia.
Además de cumplimentar el impreso de modificación de datos que puede encontrar en el siguiente
enlace, debe remitirnos el documento que acredite
dicho cambio.
Por ejemplo, si se da de alta un nuevo vehículo es necesario que se aporte la fotocopia del permiso
de circulación de este nuevo vehículo; si se cambia de domicilio debe aportarse el nuevo certificado de empadronamiento.
Por ejemplo, si se da de alta un nuevo vehículo es necesario que se aporte la fotocopia del permiso
de circulación de este nuevo vehículo; si se cambia de domicilio debe aportarse el nuevo certificado de empadronamiento.
Esta varía en función de la autopista.
En la AP-1: Hay dos tramos diferenciados:
- Tramo 1: Entre Etxabarri-Ibiña y Eskoriatza: Para poder beneficiarse de la subvención de este tramo, el usuario debe incurrir en un gasto mensual superior a 15 Euros IVA incluido. Este importe será a cargo del usuario y el resto será subvencionado en un 100% con un límite de 50 trayectos mensuales.
- Tramo 2: Entre Eskoriatza y Maltzaga. Para poder beneficiarse de la subvención de este tramo el
usuario debe incurrir en un gasto mensual superior a 60 Euros IVA incluido. Este importe será a cargo del usuario y el resto será subvencionado en un 100% con un límite de 50 trayectos mensuales.
Para el cálculo de la subvención computarán aquellos recorridos en los que los pasos por peaje del trayecto se realicen por las estaciones de peaje de la autopista AP-68 comprendidas entre Bilbao y Zambrana (esta última incluida).
La cuantía de la subvención se determinará aplicando un descuento del 60 por ciento al importe total
IVA incluido de los viajes realizados, siempre que se efectúen 15 o más viajes al mes.
Nota importante: Para el cálculo de la subvención se tendrá en cuenta aquellos recorridos que
comprendan todo o parte de los tramos señalados.
Ej… Si se realiza el trayecto Areta – Haro, para que este trayecto pueda ser subvencionado la salida
debe realizarse en Zambrana.
La cuantía de la subvención se determinará aplicando un descuento del 60 por ciento al importe total
IVA incluido de los viajes realizados, siempre que se efectúen 15 o más viajes al mes.
Nota importante: Para el cálculo de la subvención se tendrá en cuenta aquellos recorridos que
comprendan todo o parte de los tramos señalados.
Ej… Si se realiza el trayecto Areta – Haro, para que este trayecto pueda ser subvencionado la salida
debe realizarse en Zambrana.
La persona titular del Departamento de Movilidad Sostenible e Infraestructuras Viarias, tras la comprobación de las solicitudes presentadas cada mes de acuerdo con los criterios fijados en la convocatoria, dictará la resolución que proceda, incluyendo aquellas personas solicitantes que han adquirido la condición de personas beneficiarias, así como las solicitudes desestimadas, indicando el motivo de la desestimación. La resolución de concesión o denegación será notificada a las personas solicitantes por Arabako Bideak-Vías de Álava, SA en el plazo máximo de un mes, según las formas previstas en el artículo 40 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Desde la fecha de presentación de la solicitud.
Dentro del mes siguiente a la finalización del trimestre natural al que tengan lugar los desplazamientos subvencionados.
Es decir, por ejemplo el abono de los trayectos realizados durante el primer trimestre del año
(enero, febrero y marzo) se realizarán a finales del mes de abril.
Es decir, por ejemplo el abono de los trayectos realizados durante el primer trimestre del año
(enero, febrero y marzo) se realizarán a finales del mes de abril.
Sí, en el momento en el que se realicen los abonos del trimestre, se pondrá también a su disposición en su área privada la información correspondiente a los trayectos realizados durante esos meses.
Se pueden consultar las tarifas aquí